
paragrafo2. articulo. 26, ley 1122 del 2007.La nacion y las entiddes territoriales promoveran los servicios de telemedicina para contribuir a la prevencion de enfermedades cronicas, capacitaciòn y a l disminuciòn de costo y mejoramiento de la calidad y oportunidad de prestaciòn de servicio como el caso de la imàgen diagnòstica. Especial interes tendran los departamentos del Amazonas, Casanare,Caqueta,Guaviare,Guainia,Vichada y Vaupes.

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